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martes, 11 de junio de 2024

INSCRIPCIONES DOCENTES: EXTRAORDINARIAS 2024 Y ORDINARIAS 2025

CUADERNO AGENDA DOCENTE - PEDIDOS 3855196420

ARTURO ILLIA 115 BARRIO BELGRANO, SANTIAGO DEL ESTERO 

 

 ATENCIÓN

- MATERIAL DISPONIBLE EN ARCHIVOS PDF: SE AGRADECE COLABORACIÓN MÍNIMA DE $ 500 

MERCADO PAGO ALIAS: omarfranchossi

MANDAR COMPROBANTE AL 3855196420 (what).

 - PARA ACCEDER AL MATERIAL: 

HTTPS://DRIVE.GOOGLE.COM/DRIVE/FOLDERS/16RTESKYNQXIYLGVNCSBITIG3WSZ0FZSH?USP=SHARING

- EL MATERIAL CONSISTE EN: COMUNICADO, RESOLUCIONES, RESUMEN, LISTADO DE COLEGIOS SECUNDARIOS Y TERCIARIOS, LEY 6.976, ETC.

- MATERIAL IMPRESO Y ANILLADO DISPONIBLE EN PAPEL $ 6.000 (INCLUYE, SOBRE, FOLIOS Y ROTULO).

EL MATERIAL IMPRESO CONSISTE EN: COMUNICADO, RESOLUCIONES, RESUMEN, LISTADO DE COLEGIOS SECUNDARIOS Y TERCIARIOS, LEY 6.976, ETC.




INSCRIPCIONES ONLINE DOCENTES

EXTRAORDINARIA 2024 Y ORDINARIA 2025.


COMUNICADO DEL CONSEJO GENERAL DE EDUCACIÓN

Se llevarán a cabo desde el lunes 10 de junio al domingo 14 de julio de 2024.

 

El Consejo General de Educación a través de las Juntas de Calificaciones y Clasificaciones de los Niveles Inicial, Primario y Modalidades, Secundario y Superior, informa a la docencia en general que a partir de las 00 HS. DEL DÍA LUNES 10 DE JUNIO Y HASTA LAS 23:59 HS. DEL DÍA DOMINGO 14 DE JULIO DE 2024, se llevarán a cabo las Inscripciones online para el LISTADO DE ORDEN DE MÉRITO ORDINARIO 2025 y EXTRAORODINARIO 2024, a través del sistema SICOBSE y de manera NO PRESENCIAL.

Los requisitos para efectuar la misma son los previstos en el Art. 7 de la Ley N° 6.976 y su modificatoria Ley No 7.369 “Régimen de Valoración De Títulos y Antecedentes para la Docencia de la Provincia de Santiago Del Estero” y las pautas previstas en la Resolución N° 2716/2024 del Consejo General de Educación, que a continuación se detallan:

Deberán ingresar al portal del CGE www.cgesantiago.gob.ar y luego al icono SICOBCE con DNI y contraseña. A continuación deberá tildar si se inscribe solo para el LOM ORDINARIO 2025 o si se inscribe en forma simultánea al LOM EXTRAORDINARIO 2024 y LOM ORDINARIO 2025.

El trámite es NO PRESENCIAL, en ningún caso el docente deberá concurrir a las Juntas de Calificaciones y Clasificaciones.

Para inscripciones POR PRIMERA VEZ (sin legajo en Juntas), el docente deberá completar la solicitud de Inscripción en el Sistema SICOBCE, el cual le asignará un turno al solo efecto de la organización interna de las Juntas, y cumplir con los requisitos que exige el Art. 7° inc. a) de la Ley N° 6.976 y su modificatoria 7.369, a saber:

Carpeta espiral o tres solapas.

5 folios.

Fotocopia D.N.I. ambos lados.

Certificado de residencia.

Foja de servicio (si la tuviere) de los ámbitos privados y/o municipales.

Fotocopia de título (debidamente autenticado por la autoridad educativa).

Constancia de título en trámite Original (con sus respectivas firmas y sellos).

Fotocopia de certificados de capacitaciones (autenticados únicamente por autoridad educativa).

 

Los DOCENTES CON INSCRIPCIÓN EN JUNTA (Re-inscripciones anuales), deberán completar la solicitud de Inscripción en el Sistema SICOBCE, el cual le asignará un turno al solo efecto de la organización interna de Juntas;

Si agregan a su legajo una nueva titulación, solo deberá remitir constancia de la nueva titulación -Art. 7° inc. b) de la Ley N° 6.976y su modificatoria Ley No 7.369.

En ambos casos, para valorar ANTIGÜEDAD DOCENTE, PLUS y ZONA (Art. 2 Inc. C – Ley N° 6.976/10y mod.7.369/23 y Resol. N° 140/19), deberán presentar impresa su FOJA DE SERVICIO Docente. Para ello, desde la página oficial www.cgesantiago.gob.ar ingresar al link “Fojas de Servicios Digital” descargar e imprimir.


Los antecedentes de capacitación a presentar serán los emitidos con FECHA LÍMITE HASTA EL 31 DE MAYO DE 2024.

RESOLUCIÓN N° 2716/2024

VISTOS:

Las leyes Nº 6.976 y modificatoria Nº 7.369 y ley Nº 5.569; Resolución Nº 367/2.019; la Ley Provincial N° 7201, Decretos Nº 1.673/16 y Decreto N° 2023-1995-E-GDESDE-GSDE, y;

CONSIDERANDO:

Que, la ley Provincial Nº 6.976 establece el “Régimen de Valoración De Títulos y Antecedentes para la Docencia de la Provincia de Santiago del Estero” a los efectos de los distintos concursos fijados por el Estatuto del Docente y dispone en su Título III, art. 4º que el período de inscripción de aspirantes se llevará a cabo durante 35 días corridos, anteriores al receso escolar de invierno.

Que, por Resolución Ministerial RESOLUCIÓN-2023- 3118-E-GDESDE-SE ME, se aprueba para establecimientos educativos del Consejo General de Educación, las fechas básicas como Período Escolar, Término Lectivo, Receso Escolar.

Que, asimismo, la Resolución Nº 715/2024 del Consejo General de Educación aprueba en todas sus partes el Calendario Escolar correspondiente al año 2.024 y dispone el inicio del receso escolar invernal a partir del 15/07/2024, quedando definido el período de inscripción para el LOM Ordinario 2025 desde el Lunes 10 de Junio y hasta el Domingo 14 de Julio del corriente año.

Que, asimismo, en el marco legal citado, el Consejo General de Educación ha definido con las Juntas de Calificaciones y Clasificaciones de los distintos Niveles y Modalidades Educativas, las pautas para la Inscripción Ordinaria 2.025, considerando de manera excepcional y por única vez la inscripción simultánea para el LOM Extraordinario 2024.

Que, en ese contexto, las Juntas propusieron que se habilite la inscripción online por el sistema SICOBCE a partir de las 0:00 hs. del día Lunes 10 de Junio de 2024 y hasta las 23:59 hs. del Domingo 14 de Julio 2024, el cual le asignará el Piso/Junta de Calificaciones y Clasificaciones donde será clasificado al solo efecto de la organización interna de las mismas; la recepción de la documentación y certificaciones que exige el Art. 7 Inc. A de la Ley N° 6.976/10 se realizará a través de los Centros de Recepción de Capital, Banda e Interior habilitados a tal fin, a partir del día Lunes 10 de Junio y hasta el Lunes día 15 de Julio de 2024, en el horario de 8.00 a 12.00 hs. El docente deberá presentar la documentación dentro de las 48 hs. de haber finalizado su inscripción.

Que, la Resolución Nº 367/2.019 establece que las Juntas de Calificaciones y Clasificaciones de los Niveles Inicial, Primario y Modalidades Educativas, Secundario y Superior solo podrán admitir, valorar y clasificar como antecedentes a los efectos de la elaboración del Listado de Orden de Mérito anual, aquellos certificados emitidos HASTA LA FECHA 31 DE MAYO de cada año calendario, previo al inicio de la inscripción anual correspondiente.

Que, además, se encuentra vigente la Ley N° 7.369 que deroga del Inciso K del Artículo 2° de la Ley N° 6.976, su sub inciso K.2 y sus puntos K.2.A, K.2.B, K.2.C y K.2.D promulgada el 17 de Abril de 2023.

Que, en consecuencia, corresponde el dictado del presente acto administrativo por Presidencia del Consejo General de Educación, siendo la suscrita competente en virtud de las atribuciones conferidas por la Ley Provincial N° 7201, Decretos Nº 1.673/16 y Decreto N° 2023- 1995-E-GDESDEGSDE, Leyes Nº 6.976 y su mod. Nº 7.369 y Ley Nº 5.569.

Por ello,

 

LA SEÑORA PRESIDENTE INTERVENTORA DEL CONSEJO GENERAL DE EDUCACIÓN

R E S U E L V E:

 

ARTÍCULO 1º: Establecer las Pautas para la Inscripción online ante las Juntas de Calificaciones y Clasificaciones de los distintos Niveles y Modalidades Educativas pertenecientes al Consejo General de Educación, para el LISTADO DE ORDEN DE MÉRITO ORDINARIO 2.025, a través del SICOBCE disponible en el portal oficial del Consejo General de Educación www.cgesantiago.gob.ar.

 

ARTÍCULO 2º: Incorporar por única vez y de manera excepcional la inscripción online para el LOM EXTRAORDINARIO 2024 en forma simultánea con la inscripción para el LOM Ordinario 2025.

 

ARTÍCULO 3º: Fijar el Plazo para la inscripción online para el LOM ORDINARIO 2.025 y LOM EXTRAORDINARIO 2024 a través del SICOBCE a partir de las 0:00 hs. del día LUNES 10 DE JUNIO Y HASTA LAS 23:59 HORAS DEL DÍA DOMINGO 14 DE JULIO DE 2024.

 

ARTÍCULO 4º: Se deja establecido que la tramitación será NO PRESENCIAL de acuerdo a las pautas que se detallan en ANEXO I y II que forman parte integrante de la presente Resolución.

ARTÍCULO 5º: Determinar que para la elaboración del Listado de Orden de Mérito 2.025, se admitirán para su clasificación y calificación, certificaciones emitidas hasta el día 31 de Mayo de 2.024 inclusive.

 

ARTÍCULO 6º: Dejar establecido en cuanto a las certificaciones, que serán consideradas las que cuenten con las Resoluciones Ministeriales correspondientes a cada una de ellas conforme a la Normativa vigente - Ley Nº 6976 y su mod. Ley Nº 7369.

 

ARTÍCULO 7º: Instruir a las Juntas de Calificaciones y Clasificaciones al control exhaustivo de todos los legajos docentes a efectos del cumplimiento adecuado de la ley vigente para la clasificación y calificación docente.

 

ARTÍCULO 8º: Registrar, comunicar y publicar en el portal oficial del Consejo General de Educación www.cgesantiago.gob.ar, cumplido archivar.

Dra. María Elena Herrera

Presidente Interventora Consejo General de Educación


RESOLUCIÓN N° 2716/2024

ANEXO I

PAUTAS GENERALES PARA LA INSCRIPCIÓN simultánea para el LISTADO DE ORDEN DE MÉRITO ORDINARIO 2025 y EXTRAORDINARIO 2024 ante las Juntas de Calificaciones y Clasificaciones de los distintos Niveles y Modalidades Educativas pertenecientes al Consejo General de Educación:

1- Para RE-INSCRIPCIÓN ANUAL (docentes con legajo en Junta) e inscripciones POR PRIMERA VEZ (sin legajo en Juntas), el docente deberá ingresar al portal oficial del CGE www.cgesantiago.gob.ar, luego a la sección SICOBCE y completar la solicitud de Inscripción para el Listado de Orden de Mérito Ordinario 2025 y Extraordinario 2024, conforme al art. 7 de la ley 6.976 y su mod. 7.369.

 

2- El SICOBCE estará habilitado a partir de las 0:00 hs. del día Lunes 10 de Junio y hasta las 23:59 hs. del día Domingo 14 de Julio de 2024.

 

3- El trámite es NO PRESENCIAL, en consecuencia en ningún caso el docente deberá concurrir a las Juntas de Calificaciones y Clasificaciones.

 

4- Una vez completada la solicitud de inscripción en el SICOBCE, el sistema asignará Piso y Junta de Calificaciones y Clasificaciones donde será clasificado (turno) al solo efecto de la organización interna de las mismas para su evaluación y clasificación. En este caso el docente NO DEBE CONCURRIR a las Juntas de Calificación y Clasificación.

 

5- Los docentes remitirán la documentación y certificaciones que exige el Art. 7 de la Ley N° 6.976/10 y su modificatoria 7.369/23 a través de los Centros de Recepción de Capital, Banda e Interior habilitados a tal fin, que se detallan en Anexo II, a partir del día Lunes 10 de junio de 2024 y hasta el Lunes 15 de julio de 2024 (recordar que el Piso/Junta (turno) asignado es al solo efecto de la organización interna del Organismo), de la forma detallada más abajo en los puntos 9, 10 y 11.

 

6- En relación a los Antecedentes, se valorará la documentación emitida hasta la fecha 31/05/2024 inclusive. Serán consideradas las certificaciones que cuenten con las Resoluciones correspondientes a cada una de ellas conforme a Ley Nº 6976 y su mod. Ley Nº 7369.

 

7-La documentación a presentar deberá ser autenticada por autoridad educativa, en el caso de no cumplir con este requisito, deberán adjuntar los originales, los que les serán devueltos oportunamente.

 

8- Los Datos de ANTIGÜEDAD DOCENTE y sus correspondientes PLUS y ZONA (Art. 2 Inc. C – Ley N° 6.976/10y mod.7.369/23), deberán ser presentados impresos, para lo cual deberán ingresar a la página oficial del CGE www.cgesantiago.gob.ar, luego al link “Fojas de Servicios Digital”.

 

9- La documentación se receptará a partir del día Lunes 10 de Junio de 2024 y hasta el día Lunes 15 de Julio de 2024, en el horario de 8.00 a 12.00 hs.

 

Para los docentes domiciliados en los Departamentos Capital y Banda, se recepcionará la documentación en la sede del Consejo General de Educación, sito en Av. Belgrano (S) Nº 1940 de la ciudad de Santiago del Estero.

 

Para los docentes del Interior de la Provincia la documentación será recepcionada por los Centros de Recepción habilitados, individualizados en el Anexo II de la presente Resolución.

 

10- El sobre cerrado a enviar deberá estar rotulado, indicando si se inscribió solo para el LOM ORDINARIO 2025 o para el LOM EXTRORDINARIO 2024 y LOM ORDINARIO 2025, los datos personales del docente:

ü APELLIDO Y NOMBRE,

ü DNI,

ü CELULAR,

ü E-MAIL,

ü Y PEGADO EL TURNO - ASIGNACIÓN DE PISO Y JUNTA - IMPRESO EMITIDO POR EL SICOBCE.

 

11- El docente deberá remitir la documentación DENTRO DE LAS 48 HS. DE HABER FINALIZADO SU INSCRIPCIÓN en el sistema SICOBSE en la forma indicada en los puntos 5 a 10 de este Anexo.

 

 

 

RESOLUCIÓN N° 2716/2024

ANEXO II

CENTROS DE RECEPCIÓN DE DOCUMENTACIÓN

 

CIUDAD y LUGAR DE FUNCIONAMIENTO

1. CAPITAL - BANDA Consejo General de Educación Salón Auditorio “Arq. Silvia Cambrini”.

2. AÑATUYA, DPTO. TABOADA CIC - Centro Integrador Comunitario

3. ATAMISQUI DPTO. ATAMISQUI Edificio Municipal

4. BANDERA DPTO. BELGRANO Dirección de Derechos Humanos (Anexo Municipal)

5. BREA POZO DPTO. SAN MARTÍN Edificio Municipal

6. CAMPO GALLO DPTO. ALBERDI Punto Digital - Edificio Municipal

7. COLONIA DORA DPTO. AVELLANEDA Calle Maipú esq. Moreno

8. FRÍAS DPTO. CHOYA Casa de la Cultura

9. GARZA DPTO. SARMIENTO Comisión Municipal

10. LOS JURÍES DPTO. TABOADA Calle Sarmiento y Tucumán.

11. LOS TELARES DPTO. SALAVINA Edificio Municipal

12. OJO DE AGUA DPTO. OJO DE AGUA Biblioteca Julio Bustamante - Calle 27 de Abril 9.

13. PAMPA DE LOS GUANACOS DPTO. COPO Edificio Municipal

14. PINTO DPTO. AGUIRRE Biblioteca Municipal “Manuel Belgrano”

15. POZO HONDO DPTO. JIMÉNEZ Oficina de Educación Municipal, Municipalidad de Pozo Hondo

16. QUIMILÍ DPTO. MORENO Escuela Municipal de Arte y Oficios (Indep. y Obispo Yanes)

17. SAN PEDRO DE GUASAYÁN DPTO. GUASAYÁN Hostería Termal – Avenida 27 de Abril.

18. SELVA DPTO. RIVADAVIA Juzgado de Faltas y Agencia de Desarrollo Regional de Selva

19. SUMAMPA DPTO. QUEBRACHOS Edificio Municipal

20. SUNCHO CORRAL DPTO. IBARRA Edificio Municipal

21. TINTINA DPTO. MORENO Edificio Municipal -1° Piso

22. NUEVA ESPERANZA DPTO. PELLEGRINI CETYC (Hospital Viejo)

23. MONTE QUEMADO DPTO. COPO Edificio de Centro Cultural y Secretaría de Educación y Cultura

Municipalidad de Monte Quemado

24. BELTRÁN DPTO. ROBLES Sede UNSE – Av. 27 de Abril esq. Moreno

25. CLODOMIRA DPTO. BANDA Punto Digital (Av. Mitre y República)

26. FERNÁNDEZ DPTO. ROBLES Municipalidad de Fernández. Oficina de Cultura y Educación

27. LA CAÑADA DPTO. FIGUEROA Punto Digital (San Martín al costado de la Comisión Municipal)

28. BANDERA BAJADA DPTO. FIGUEROA Edificio Comisión Municipal

29. LUGONES DPTO. AVELLANEDA Edificio Comisión Municipal

30. LAS DELICIAS DPTO. PELLEGRINI Edificio Comisión Municipal

31. SANTO DOMINGO DPTO. PELLEGRINI Edificio Comisión Municipal

32. EL MOJÓN DPTO. PELLEGRINI Edificio de Comisión Municipal

33. LORETO DPTO. LORETO Oficina de Secretaría de Educación. Edificio Municipal

34. TERMAS DE RÍO HONDO DPTO. RÍO HONDO Centro cultural “General San Martín”. Punto Digital

35. LOS ROMANOS SANTO DOMINGO DPTO. ROBLES Comisión Municipal



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INSCRIPCIONES DOCENTES ORDINARIAS 2025

Y EXTRAORDINARIAS 2024.


ASPIRANTES Y SU INSCRIPCIÓN SEGÚN NIVELES

 

LEY PROVINCIAL Nº 6.976 “RÉGIMEN DE VALORACIÓN DE TÍTULOS Y ANTECEDENTES PARA LA DOCENCIA DE LA PROVINCIA”.

 

ARTÍCULO 10º.- LOS ASPIRANTES SE PODRÁN INSCRIBIR PARA:

*    NIVEL INICIAL: 1 región y hasta 3 cargos.

 

*    NIVEL PRIMARIO: 1 región y hasta 3 cargos jornada simple. Para jornada completa deberá acreditar 5 años de antigüedad en este Nivel.

*    Para las modalidades Especial, Capacitación y Adultos hasta en dos (2) cargos por Modalidad.

 

*    NIVEL SECUNDARIO: Hasta en 10 establecimientos y podrán optar por cargos del primer grado del escalafón y ruralidad.

 

*    NIVEL SUPERIOR: Hasta en 10 establecimientos dependientes de ese Nivel (incluidas Escuelas Normales en todos sus niveles, I.S.B.A “Juan Yapari” en todos sus niveles, E.S.P.E.A.S, E.S.E.AS).

 

*    Para DEPARTAMENTOS DE APLICACIÓN DE ESCUELAS NORMALES deberán acreditar 5 años de antigüedad en el Nivel Primario o en el Nivel Inicial, según sea el Nivel para el que se inscribe.

 

*    Para HORAS CÁTEDRA DEL NIVEL SUPERIOR se requiere Título de Profesor específico para el desempeño en el nivel superior a efectos de ser clasificado en una primera instancia. En una segunda instancia, se clasificará a aspirantes que no posean título específico para este nivel, los que deberán acreditar cinco (5) años de antigüedad en la docencia. En una tercera instancia, se clasificará a aquellos aspirantes que no posean título específico para este nivel y que no cumplan con el requisito de antigüedad.

 

REGIONES POR DEPARTAMENTOS PARA LOS NIVELES: INICIAL Y PRIMARIO

ü REGIÓN N° 1: CAPITAL, SILÍPICA, LORETO Y ATAMISQUI.

ü REGIÓN N° 2: BANDA, FIGUEROA, SAN MARTÍN, ROBLES Y SARMIENTO

ü REGIÓN N° 3: PELLEGRINI, JIMÉNEZ Y RÍO HONDO.

ü REGIÓN N° 4: GENERAL TABOADA, AVELLANEDA, AGUIRRE, MITRE, RIVADAVIA Y BELGRANO

ü REGIÓN N° 5: MORENO Y JUAN FELIPE IBARRA

ü REGIÓN N° 6: COPO Y ALBERDI

ü REGIÓN N° 7: GUASAYÁN Y CHOYA

ü REGIÓN N° 8: OJO DE AGUA, QUEBRACHO Y SALAVINA

 

OBSERVACIONES:

-      Es muy importante saber en que regiones nos estamos inscribiendo, ver distancias, transportes disponibles etc.

-      Para los del nivel secundario, además de las distancias, también es necesario averiguar con las nuevas reestructuraciones que instituciones están siendo cerradas.

-      Lo mismo para los docentes que se inscriben en nivel superior, distancias, transportes, etc.

-      Para las capacitaciones, tengan en cuenta los quinquenios.





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