CUADERNO AGENDA DOCENTE - PEDIDOS 3855196420
ARTURO ILLIA 115 BARRIO BELGRANO, SANTIAGO DEL ESTERO
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MATERIAL DISPONIBLE EN ARCHIVOS PDF: SE AGRADECE COLABORACIÓN MÍNIMA DE $ 500
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- EL MATERIAL CONSISTE EN: COMUNICADO, RESOLUCIONES, RESUMEN, LISTADO DE COLEGIOS SECUNDARIOS Y TERCIARIOS, LEY 6.976, ETC.
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EL MATERIAL IMPRESO CONSISTE EN: COMUNICADO, RESOLUCIONES, RESUMEN, LISTADO DE COLEGIOS SECUNDARIOS Y TERCIARIOS, LEY 6.976, ETC.
INSCRIPCIONES ONLINE DOCENTES
EXTRAORDINARIA 2024 Y ORDINARIA 2025.
COMUNICADO
DEL CONSEJO GENERAL DE EDUCACIÓN
Se llevarán a cabo desde el lunes 10 de
junio al domingo 14 de julio de 2024.
El Consejo General de Educación a través de las
Juntas de Calificaciones y Clasificaciones de los Niveles Inicial, Primario y Modalidades,
Secundario y Superior, informa a la docencia en general que a partir de las 00 HS. DEL DÍA LUNES 10 DE
JUNIO Y HASTA LAS 23:59 HS. DEL DÍA DOMINGO 14 DE JULIO DE 2024, se llevarán a cabo las Inscripciones
online para el LISTADO DE ORDEN DE MÉRITO ORDINARIO 2025 y EXTRAORODINARIO 2024, a través del sistema SICOBSE y de
manera NO PRESENCIAL.
Los requisitos para efectuar la misma son los previstos en el Art. 7 de
la Ley N° 6.976 y su modificatoria Ley No 7.369 “Régimen de Valoración De
Títulos y Antecedentes para la Docencia de la Provincia de Santiago Del Estero”
y las pautas previstas en la Resolución N° 2716/2024 del Consejo General de
Educación, que a continuación se detallan:
✔ Deberán ingresar al portal del CGE
www.cgesantiago.gob.ar y luego al icono SICOBCE con DNI y contraseña. A
continuación deberá tildar si se inscribe solo para el LOM ORDINARIO 2025 o si se inscribe en forma simultánea al LOM EXTRAORDINARIO 2024 y
LOM ORDINARIO 2025.
✔ El trámite es NO PRESENCIAL, en ningún
caso el docente deberá concurrir a las Juntas de Calificaciones y
Clasificaciones.
✔ Para inscripciones POR PRIMERA VEZ (sin
legajo en Juntas), el docente deberá completar la solicitud de Inscripción en
el Sistema SICOBCE, el cual le asignará un turno al solo efecto de la organización
interna de las Juntas, y cumplir con los requisitos que exige el Art. 7° inc.
a) de la Ley N° 6.976 y su modificatoria 7.369, a saber:
▪ Carpeta
espiral o tres solapas.
▪ 5
folios.
▪
Fotocopia D.N.I. ambos lados.
▪
Certificado de residencia.
▪ Foja de
servicio (si la tuviere) de los ámbitos privados y/o municipales.
▪
Fotocopia de título (debidamente autenticado por la autoridad educativa).
▪
Constancia de título en trámite Original (con sus respectivas firmas y sellos).
▪
Fotocopia de certificados de capacitaciones (autenticados únicamente por
autoridad educativa).
✔ Los DOCENTES CON INSCRIPCIÓN EN JUNTA (Re-inscripciones anuales), deberán completar la
solicitud de Inscripción en el Sistema SICOBCE, el cual le asignará un turno al
solo efecto de la organización interna de Juntas;
Si agregan a su legajo una nueva titulación, solo deberá remitir
constancia de la nueva titulación -Art. 7° inc. b) de la Ley N° 6.976y su
modificatoria Ley No 7.369.
En ambos casos, para valorar ANTIGÜEDAD DOCENTE, PLUS y ZONA (Art. 2 Inc. C – Ley N° 6.976/10y mod.7.369/23 y Resol. N° 140/19), deberán presentar impresa su FOJA DE SERVICIO Docente. Para ello, desde la página oficial www.cgesantiago.gob.ar ingresar al link “Fojas de Servicios Digital” descargar e imprimir.
✔ Los antecedentes de capacitación a
presentar serán los emitidos con FECHA LÍMITE HASTA EL 31 DE MAYO DE 2024.
RESOLUCIÓN N° 2716/2024
VISTOS:
Las leyes Nº 6.976 y modificatoria Nº 7.369 y ley Nº 5.569; Resolución Nº
367/2.019; la Ley Provincial N° 7201, Decretos Nº 1.673/16 y Decreto N° 2023-1995-E-GDESDE-GSDE,
y;
CONSIDERANDO:
Que, la ley Provincial Nº 6.976 establece el
“Régimen de Valoración De Títulos y Antecedentes para la Docencia de la
Provincia de Santiago del Estero” a los efectos de los distintos concursos
fijados por el Estatuto del Docente y dispone en su Título III, art. 4º que el
período de inscripción de aspirantes se llevará a cabo durante 35 días
corridos, anteriores al receso escolar de invierno.
Que, por Resolución Ministerial RESOLUCIÓN-2023-
3118-E-GDESDE-SE ME, se aprueba para establecimientos educativos del Consejo
General de Educación, las fechas básicas como Período Escolar, Término Lectivo,
Receso Escolar.
Que, asimismo, la Resolución Nº 715/2024 del Consejo
General de Educación aprueba en todas sus partes el Calendario Escolar
correspondiente al año 2.024 y dispone el inicio del receso escolar invernal a
partir del 15/07/2024, quedando definido el período de inscripción para el LOM
Ordinario 2025 desde el Lunes 10 de Junio y hasta el Domingo 14 de Julio del
corriente año.
Que, asimismo, en el marco legal citado, el Consejo
General de Educación ha definido con las Juntas de Calificaciones y
Clasificaciones de los distintos Niveles y Modalidades Educativas, las pautas para la Inscripción Ordinaria
2.025, considerando de manera excepcional y por única vez la inscripción
simultánea para el LOM Extraordinario 2024.
Que, en ese contexto, las Juntas propusieron que se
habilite la inscripción online por el sistema SICOBCE a partir de las 0:00 hs.
del día Lunes 10 de Junio de 2024 y hasta las 23:59 hs. del Domingo 14 de Julio
2024, el cual le asignará el Piso/Junta de Calificaciones y Clasificaciones
donde será clasificado al solo efecto de la organización interna de las mismas;
la recepción de la documentación y certificaciones que exige el Art. 7 Inc. A
de la Ley N° 6.976/10 se realizará a través de los Centros de Recepción de
Capital, Banda e Interior habilitados a tal fin, a partir del día Lunes 10 de
Junio y hasta el Lunes día 15 de Julio de 2024, en el horario de 8.00 a 12.00
hs. El docente deberá presentar la documentación dentro de las 48 hs. de haber
finalizado su inscripción.
Que, la Resolución Nº 367/2.019 establece que las
Juntas de Calificaciones y Clasificaciones de los Niveles Inicial, Primario y
Modalidades Educativas, Secundario y Superior solo podrán admitir, valorar y
clasificar como antecedentes a los efectos de la elaboración del Listado de
Orden de Mérito anual, aquellos certificados emitidos HASTA LA FECHA 31 DE MAYO de cada año
calendario, previo al inicio de la inscripción anual correspondiente.
Que, además, se encuentra vigente la Ley N° 7.369
que deroga del Inciso K del Artículo 2° de la Ley N° 6.976, su sub inciso K.2 y
sus puntos K.2.A, K.2.B, K.2.C y K.2.D promulgada el 17 de Abril de 2023.
Que, en consecuencia, corresponde el dictado del
presente acto administrativo por Presidencia del Consejo General de Educación,
siendo la suscrita competente en virtud de las atribuciones conferidas por la
Ley Provincial N° 7201, Decretos Nº 1.673/16 y Decreto N° 2023-
1995-E-GDESDEGSDE, Leyes Nº 6.976 y su mod. Nº 7.369 y Ley Nº 5.569.
Por ello,
LA SEÑORA PRESIDENTE INTERVENTORA DEL CONSEJO GENERAL DE EDUCACIÓN
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1º: Establecer las Pautas para la Inscripción online ante las
Juntas de Calificaciones y Clasificaciones de los distintos Niveles y
Modalidades Educativas pertenecientes al Consejo General de Educación, para el
LISTADO DE ORDEN DE MÉRITO ORDINARIO 2.025, a través del SICOBCE disponible en
el portal oficial del Consejo General de Educación www.cgesantiago.gob.ar.
ARTÍCULO 2º: Incorporar por única vez y de manera excepcional la
inscripción online para el LOM EXTRAORDINARIO 2024 en forma simultánea con la
inscripción para el LOM Ordinario 2025.
ARTÍCULO 3º: Fijar el Plazo para la inscripción online para el LOM
ORDINARIO 2.025 y LOM EXTRAORDINARIO 2024 a través del SICOBCE a partir de las
0:00 hs. del día LUNES
10 DE JUNIO Y HASTA LAS 23:59 HORAS DEL DÍA DOMINGO 14 DE JULIO DE 2024.
ARTÍCULO 4º: Se deja establecido que la tramitación será NO PRESENCIAL de
acuerdo a las pautas que se detallan en ANEXO I y II que forman parte
integrante de la presente Resolución.
ARTÍCULO 5º: Determinar que para la elaboración del Listado de Orden de
Mérito 2.025, se admitirán para su clasificación y calificación, certificaciones emitidas hasta el día 31 de
Mayo de 2.024 inclusive.
ARTÍCULO 6º: Dejar establecido en cuanto a las certificaciones, que serán
consideradas las que cuenten con las Resoluciones Ministeriales correspondientes a cada una de ellas
conforme a la Normativa vigente - Ley Nº 6976 y su mod. Ley Nº 7369.
ARTÍCULO 7º: Instruir a las Juntas de Calificaciones y Clasificaciones al
control exhaustivo de todos los legajos docentes a efectos del cumplimiento
adecuado de la ley vigente para la clasificación y calificación docente.
ARTÍCULO 8º: Registrar, comunicar y publicar en el portal oficial del
Consejo General de Educación www.cgesantiago.gob.ar, cumplido archivar.
Dra. María Elena Herrera
Presidente Interventora Consejo General de Educación
RESOLUCIÓN
N° 2716/2024
ANEXO I
PAUTAS GENERALES PARA LA INSCRIPCIÓN simultánea para el LISTADO DE ORDEN
DE MÉRITO ORDINARIO 2025 y EXTRAORDINARIO 2024 ante las Juntas de
Calificaciones y Clasificaciones de los distintos Niveles y Modalidades
Educativas pertenecientes al Consejo General de Educación:
1- Para RE-INSCRIPCIÓN ANUAL (docentes con legajo en Junta) e
inscripciones POR PRIMERA VEZ (sin legajo en Juntas), el docente deberá
ingresar al portal oficial del CGE www.cgesantiago.gob.ar, luego a la sección SICOBCE y completar la
solicitud de Inscripción para el Listado de Orden de Mérito Ordinario 2025 y
Extraordinario 2024, conforme al art. 7 de la ley 6.976 y su mod. 7.369.
2- El SICOBCE estará habilitado a partir de las 0:00 hs. del día Lunes 10
de Junio y hasta las 23:59 hs. del día Domingo 14 de Julio de 2024.
3- El trámite es NO PRESENCIAL, en consecuencia en ningún caso el docente
deberá concurrir a las Juntas de Calificaciones y Clasificaciones.
4- Una vez completada la solicitud de inscripción en el SICOBCE, el
sistema asignará Piso y Junta de Calificaciones y Clasificaciones donde será
clasificado (turno) al solo efecto de la organización interna de las mismas
para su evaluación y clasificación. En este caso el docente NO DEBE CONCURRIR a
las Juntas de Calificación y Clasificación.
5- Los docentes remitirán la documentación y certificaciones que exige el
Art. 7 de la Ley N° 6.976/10 y su modificatoria 7.369/23 a través de los
Centros de Recepción de Capital, Banda e Interior habilitados a tal fin, que se
detallan en Anexo II, a partir del día Lunes 10 de junio de 2024 y hasta el Lunes
15 de julio de 2024 (recordar que el Piso/Junta (turno) asignado es al solo
efecto de la organización interna del Organismo), de la forma detallada más
abajo en los puntos 9, 10 y 11.
6- En relación a los Antecedentes, se valorará la documentación emitida
hasta la fecha 31/05/2024 inclusive. Serán consideradas las certificaciones que
cuenten con las Resoluciones correspondientes a cada una de ellas conforme a
Ley Nº 6976 y su mod. Ley Nº 7369.
7-La documentación a presentar deberá ser autenticada por autoridad educativa, en el caso de no
cumplir con este requisito, deberán adjuntar los originales, los que les serán devueltos oportunamente.
8- Los Datos de ANTIGÜEDAD DOCENTE y sus correspondientes PLUS y ZONA
(Art. 2 Inc. C – Ley N° 6.976/10y mod.7.369/23), deberán ser presentados
impresos, para lo cual deberán ingresar a la página oficial del CGE
www.cgesantiago.gob.ar, luego al link “Fojas de Servicios Digital”.
9- La documentación se receptará a partir del día Lunes 10 de Junio de 2024 y hasta el día
Lunes 15 de Julio de 2024, en el horario de 8.00 a 12.00 hs.
Para los docentes domiciliados en los Departamentos Capital y Banda, se
recepcionará la documentación en la sede del Consejo General de Educación, sito
en Av. Belgrano (S) Nº 1940 de la ciudad de Santiago del Estero.
Para los docentes del Interior de la Provincia la documentación será
recepcionada por los Centros de Recepción habilitados, individualizados en el
Anexo II de la presente Resolución.
10- El sobre cerrado a enviar deberá estar rotulado, indicando si se
inscribió solo para el LOM ORDINARIO 2025 o para el LOM EXTRORDINARIO 2024 y
LOM ORDINARIO 2025, los datos personales del docente:
ü APELLIDO Y NOMBRE,
ü DNI,
ü CELULAR,
ü E-MAIL,
ü Y PEGADO EL TURNO - ASIGNACIÓN DE PISO Y JUNTA -
IMPRESO EMITIDO POR EL SICOBCE.
11- El docente deberá remitir la documentación DENTRO DE LAS 48 HS. DE HABER FINALIZADO SU
INSCRIPCIÓN en el sistema SICOBSE en la forma
indicada en los puntos 5 a 10 de este Anexo.
RESOLUCIÓN
N° 2716/2024
ANEXO
II
CENTROS
DE RECEPCIÓN DE DOCUMENTACIÓN
CIUDAD y LUGAR DE FUNCIONAMIENTO
1. CAPITAL - BANDA Consejo General de Educación Salón Auditorio
“Arq. Silvia Cambrini”.
2. AÑATUYA, DPTO. TABOADA CIC - Centro Integrador Comunitario
3. ATAMISQUI DPTO. ATAMISQUI Edificio Municipal
4. BANDERA DPTO. BELGRANO Dirección de Derechos Humanos (Anexo Municipal)
5. BREA POZO DPTO. SAN MARTÍN Edificio Municipal
6. CAMPO GALLO DPTO. ALBERDI Punto Digital - Edificio Municipal
7. COLONIA DORA DPTO. AVELLANEDA Calle Maipú esq. Moreno
8. FRÍAS DPTO. CHOYA Casa de la Cultura
9. GARZA DPTO. SARMIENTO Comisión Municipal
10. LOS JURÍES DPTO. TABOADA Calle Sarmiento y Tucumán.
11. LOS TELARES DPTO. SALAVINA Edificio Municipal
12. OJO DE AGUA DPTO. OJO DE AGUA Biblioteca Julio Bustamante - Calle 27
de Abril 9.
13. PAMPA DE LOS GUANACOS DPTO. COPO Edificio Municipal
14. PINTO DPTO. AGUIRRE Biblioteca Municipal “Manuel Belgrano”
15. POZO HONDO DPTO. JIMÉNEZ Oficina de Educación Municipal,
Municipalidad de Pozo Hondo
16. QUIMILÍ DPTO. MORENO Escuela Municipal de Arte y Oficios (Indep. y
Obispo Yanes)
17. SAN PEDRO DE GUASAYÁN DPTO. GUASAYÁN Hostería Termal – Avenida 27 de
Abril.
18. SELVA DPTO. RIVADAVIA Juzgado de Faltas y Agencia de Desarrollo
Regional de Selva
19. SUMAMPA DPTO. QUEBRACHOS Edificio Municipal
20. SUNCHO CORRAL DPTO. IBARRA Edificio Municipal
21. TINTINA DPTO. MORENO Edificio Municipal -1° Piso
22. NUEVA ESPERANZA DPTO. PELLEGRINI CETYC (Hospital Viejo)
23. MONTE QUEMADO DPTO. COPO Edificio de Centro Cultural y Secretaría de
Educación y Cultura
Municipalidad de Monte Quemado
24. BELTRÁN DPTO. ROBLES Sede UNSE – Av. 27 de Abril esq. Moreno
25. CLODOMIRA DPTO. BANDA Punto Digital (Av. Mitre y República)
26. FERNÁNDEZ DPTO. ROBLES Municipalidad de Fernández. Oficina de Cultura
y Educación
27. LA CAÑADA DPTO. FIGUEROA Punto Digital (San Martín al costado de la
Comisión Municipal)
28. BANDERA BAJADA DPTO. FIGUEROA Edificio Comisión Municipal
29. LUGONES DPTO. AVELLANEDA Edificio Comisión Municipal
30. LAS DELICIAS DPTO. PELLEGRINI Edificio Comisión Municipal
31. SANTO DOMINGO DPTO. PELLEGRINI Edificio Comisión Municipal
32. EL MOJÓN DPTO. PELLEGRINI Edificio de Comisión Municipal
33. LORETO DPTO. LORETO Oficina de Secretaría de Educación. Edificio
Municipal
34. TERMAS DE RÍO HONDO DPTO. RÍO HONDO Centro cultural “General San
Martín”. Punto Digital
35. LOS ROMANOS SANTO DOMINGO DPTO. ROBLES Comisión Municipal
Y
EXTRAORDINARIAS 2024.
ASPIRANTES Y SU INSCRIPCIÓN SEGÚN NIVELES
LEY PROVINCIAL Nº 6.976 “RÉGIMEN DE VALORACIÓN DE TÍTULOS Y
ANTECEDENTES PARA LA DOCENCIA DE LA PROVINCIA”.
ARTÍCULO 10º.- LOS ASPIRANTES SE PODRÁN INSCRIBIR PARA:
NIVEL INICIAL: 1 región y hasta 3 cargos.
NIVEL PRIMARIO: 1 región y hasta 3 cargos jornada simple. Para jornada completa
deberá acreditar 5 años de antigüedad en este Nivel.
Para las modalidades Especial, Capacitación y Adultos hasta en dos
(2) cargos por Modalidad.
NIVEL SECUNDARIO: Hasta en 10 establecimientos y podrán optar por cargos del primer
grado del escalafón y ruralidad.
NIVEL SUPERIOR: Hasta en 10 establecimientos dependientes de ese Nivel (incluidas
Escuelas Normales en todos sus niveles, I.S.B.A “Juan Yapari” en todos sus
niveles, E.S.P.E.A.S, E.S.E.AS).
Para DEPARTAMENTOS DE
APLICACIÓN DE ESCUELAS NORMALES deberán acreditar 5 años de antigüedad en
el Nivel Primario o en el Nivel Inicial, según sea el Nivel para el que se
inscribe.
Para HORAS CÁTEDRA DEL NIVEL
SUPERIOR se requiere Título de Profesor específico para el desempeño en el
nivel superior a efectos de ser clasificado en una primera instancia. En una
segunda instancia, se clasificará a aspirantes que no posean título específico
para este nivel, los que deberán acreditar cinco (5) años de antigüedad en la
docencia. En una tercera instancia, se clasificará a aquellos aspirantes que no
posean título específico para este nivel y que no cumplan con el requisito de
antigüedad.
REGIONES POR DEPARTAMENTOS PARA LOS NIVELES: INICIAL Y PRIMARIO
ü
REGIÓN N° 1: CAPITAL, SILÍPICA, LORETO Y
ATAMISQUI.
ü
REGIÓN N° 2: BANDA, FIGUEROA, SAN
MARTÍN, ROBLES Y SARMIENTO
ü
REGIÓN N° 3: PELLEGRINI, JIMÉNEZ Y RÍO
HONDO.
ü
REGIÓN N° 4: GENERAL TABOADA,
AVELLANEDA, AGUIRRE, MITRE, RIVADAVIA Y BELGRANO
ü
REGIÓN N° 5: MORENO Y JUAN FELIPE IBARRA
ü
REGIÓN N° 6: COPO Y ALBERDI
ü
REGIÓN N° 7: GUASAYÁN Y CHOYA
ü
REGIÓN N° 8: OJO DE AGUA, QUEBRACHO Y
SALAVINA
OBSERVACIONES:
- Es muy importante saber en que regiones nos estamos inscribiendo,
ver distancias, transportes disponibles etc.
- Para los del nivel secundario, además de las distancias, también es
necesario averiguar con las nuevas reestructuraciones que instituciones están
siendo cerradas.
- Lo mismo para los docentes que se inscriben en nivel superior,
distancias, transportes, etc.
- Para las capacitaciones, tengan en cuenta los quinquenios.
ATENCIÓN
- MATERIAL DISPONIBLE EN ARCHIVOS PDF: SE AGRADECE COLABORACIÓN MÍNIMA DE $ 500
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- EL MATERIAL CONSISTE EN: COMUNICADO, RESOLUCIONES, RESUMEN, LISTADO DE COLEGIOS SECUNDARIOS Y TERCIARIOS, LEY 6.976, ETC.
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EL MATERIAL IMPRESO CONSISTE EN: COMUNICADO, RESOLUCIONES, RESUMEN, LISTADO DE COLEGIOS SECUNDARIOS Y TERCIARIOS, LEY 6.976, ETC.
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