INSCRIPCIONES DOCENTES ORDINARIAS ONLINE
2023.
DIRIGIDO: DOCENTES DE TODOS
LOS NIVELES Y MODALIDADES
MODALIDAD: ONLINE
SITIO WEB SITIO:
http://sicobce.meducacionsantiago.gob.ar/sicobce/login_usuario.php
FECHA: PARTIR DE LAS
0:00 HORAS DEL DÍA LUNES 13 DE JUNIO Y HASTA LAS 23:59 HORAS DEL VIERNES 15 DE
JULIO DE 2022.
TURNOS: los cuales se
asignarán al solo efecto de la organización interna de Juntas.
centros de recepción de
documentación: CENTROS DE RECEPCIÓN DE CAPITAL, BANDA E INTERIOR, HABILITADOS A TAL FIN,
A PARTIR DEL DÍA LUNES 13 DE JUNIO HASTA EL DÍA LUNES 18 DE JULIO DE 2022, EN
EL HORARIO DE 8.00 A 12.00 HS.
REQUISITO A PRESENTAR: LOS MISMOS ESTÁN
ESTABLECIDOS EN EL ART. 7 INC. A DE LA LEY N° 6.976/10.
CAPACITACIONES (CURSOS,
JORNADAS, POSTITULOS, ETC): SE PODRÁN PRESENTAR CERTIFICACIONES EMITIDAS HASTA
EL DÍA 13 DE JUNIO DE 2022 INCLUSIVE.
ANTIGÜEDAD DOCENTE Y SUS
CORRESPONDIENTES PLUS Y ZONA: serán extraídos y verificados de la Foja
de Servicios online. serán extraídos y verificados de la Foja de Servicios
online.
RESOLUCIÓN Nº 688/2022 –
INSCRIPCIONES ORDINARIAS 2022
VISTOS:
Las leyes Nº 6.976 y Nº 5.569, el Acta
de Reunión de Autoridades del Consejo General de Educación de fecha 26/05/2022;
Resolución Nº 367/2.019; la Ley Provincial N° 7201, Decretos Nº 1.673/16 y
Decreto N° 2021-1470-E-GDESDE-GSDE, y; CONSIDERANDO:
Que, la
ley Provincial Nº 6.976 establece el “Régimen de Valoración de Títulos y
Antecedentes para la Docencia de la Provincia de Santiago del Estero” a los
efectos de los distintos concursos fijados por el Estatuto del Docente y
dispone en su Título III, art. 4º que el período de inscripción de aspirantes
se llevará a cabo durante 35 días corridos, anteriores al receso escolar de
invierno.
Que,
por Resolución Ministerial RESOLUCIÓN 2021-1678-E-GDESDE-ME, se aprueba para
establecimientos educativos del Consejo General de Educación, las fechas
básicas como Periodo Escolar, Termino Lectivo, Receso Escolar.
Que
asimismo, la Resolución Nº 123/2022 del Consejo General de Educación aprueba en
todas sus partes el Calendario Escolar correspondiente al año 2.022 y dispone
el inicio del receso escolar invernal a partir del 18/07/2021, quedando
definido el período de inscripción para el LOM Ordinario 2023 desde el Lunes 13
de Junio y hasta el Viernes 15 de Julio del corriente año.
Que, dentro del marco legal citado,
conforme consta en al Acta de la Reunión de fecha 26/05/2022, suscrita por las
Autoridades el Consejo General de Educación, se han acordado pautas para la
Inscripción Ordinaria 2.023 ante las Juntas de Calificaciones y Clasificaciones
de los distintos Niveles y Modalidades Educativas pertenecientes al Consejo
General de Educación.
Que, en
ese contexto, las Juntas propusieron que se habilite la inscripción online por
el sistema SICOBCE a partir de las 0:00 horas del día Lunes 13 de Junio y hasta
las 23:59 hs del Viernes 15 de Julio de 2022, el cual le asignará un turno al
solo efecto de la organización interna de Juntas y la recepción de la
documentación y certificaciones que exige el Art. 7
Inc. A de la Ley N° 6.976/10 a través de los Centros de Recepción de
Capital, Banda e Interior, habilitados a tal fin, a partir del día Lunes 13 de
Junio hasta el día Lunes 18 de Julio de 2022, en el horario de 8.00 a 12.00 hs.
Que, la
Resolución Nº 367/2.019 establece que las Juntas de Calificaciones y
Clasificaciones de los Niveles Inicial, Primario y Modalidades Educativas,
Secundario y Superior solo podrán admitir, valorar y clasificar como
antecedentes a los efectos de la elaboración del Listado de Orden de Mérito
Anual, aquellos certificados emitidos hasta la fecha 31 de mayo de cada año
calendario, previo el inicio de la inscripción anual correspondiente.
Que, en
ese aspecto, en atención a las medidas de restricción que estuvieron vigentes
durante la pandemia declarada por el Virus Covid -19, que imposibilitaron
cumplir en tiempo y forma con el dictado de Capacitaciones aprobados por
Resolución Ministerial, actualmente en curso y próximos a finalizar, se ha
propuesto fijar con carácter excepcional y por única vez la admisión,
valoración y clasificación como antecedentes a los efectos de la elaboración
del Listado de Orden de Mérito Ordinario 2023, aquellos certificados emitidos
hasta la fecha 13 de junio de 2022, dando respuesta a las peticiones formuladas
en tal sentido.
Que, en
consecuencia, corresponde el dictado del presente acto administrativo por
Presidencia del Consejo General de Educación, siendo la suscrita competente en
virtud de las atribuciones conferidas por la Ley Provincial N° 7201, Decretos
Nº 1.673/16 y Decreto N° 20211470-E-GDESDE-GSDE, Leyes Nº 6.976 y Nº
5.569. Por ello,
LA
SEÑORA PRESIDENTE INTERVENTORA DEL CONSEJO GENERAL DE EDUCACIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º: Establecer las Pautas para la Inscripción online ante las Juntas de
Calificaciones y Clasificaciones de los distintos Niveles y Modalidades
Educativas pertenecientes al Consejo General de Educación, para el LISTADO DE
ORDEN DE MÉRITO ORDINARIO 2023, a través del SICOBCE disponible en el
portal oficial del Consejo General de Educación www.cgesantiago.gob.ar.
ARTÍCULO 2º: Fijar el Plazo para la inscripción online para el LOM ORDINARIO
2.023 a través del SICOBCE a partir de las 0:00 horas
del día Lunes 13 de Junio y hasta las 23:59 horas del Viernes 15 de Julio de
2022.
ARTÍCULO 3º: Se deja establecido que la tramitación
será NO PRESENCIAL de acuerdo a las pautas que se detallan en ANEXO I y II que
forman parte integrante de la presente resolución.
ARTÍCULO 4º: Determinar, de manera
excepcional y por única vez, que para la elaboración del Listado de Orden
de Mérito 2023, se admitirán para su clasificación y calificación,
certificaciones emitidas hasta el día 13 de Junio de 2022 inclusive, por los
fundamentos expuestos en los considerandos de este acto administrativo.
ARTÍCULO 5º: Registrar, comunicar y
publicar en el portal oficial del Consejo General de Educación
www.cgesantiago.gob.ar, cumplido archivar.
Dra. María Elena Herrera - Presidente Interventora Consejo
General de Educación
ANEXO I
PAUTAS GENERALES PARA LA INSCRIPCIÓN
LISTADO DE ORDEN DE MÉRITO ORDINARIO 2023 ante las Juntas de Calificaciones y
Clasificaciones de los distintos Niveles y Modalidades Educativas
pertenecientes al Consejo General de Educación:
1-
Para
RE-INSCRIPCION ANUAL (docentes con legajo en Junta) e inscripciones POR PRIMERA
VEZ (sin legajo en Juntas), el docente deberá ingresar al portal oficial del
CGE www.cgesantiago.gob.ar, luego a la sección SICOBCE y completar la solicitud
de Inscripción para el Listado de Orden de Mérito Ordinario 2023, conforme al
art. 7 de la ley 6976.
2-
El
SICOBCE estará habilitado a partir de las 0:00 horas del día Lunes 13 de Junio
y hasta las 23:59 horas del día Viernes 15 de Julio de 2022.
3-
El
trámite es NO PRESENCIAL, en consecuencia en ningún caso el docente deberá
concurrir a las Juntas de Calificaciones y Clasificaciones.
4-
Una
vez completada la solicitud de inscripción en el SICOBCE, el sistema asignará
un turno, al solo efecto de la organización interna de las Juntas para su
evaluación y clasificación. En este caso el docente NO DEBE CONCURRIR a las
Juntas de Calificación y Clasificación.
5-
Los
docentes remitirán la documentación y certificaciones que exige el Art. 7 de la
Ley N° 6.976/10, a través de los Centros de Recepción de Capital, Banda e
Interior, habilitados a tal fin, que se detallan en Anexo II, a partir del día
13/06/2022 y hasta el 18/07/2022 (recordar que el turno asignado es al solo
efecto de la organización interna del Organismo), de la forma detallada más
abajo en los puntos 9, 10 y 11.
6-
En
relación a los Antecedentes, se valorará, en carácter excepcional y por única
vez la documentación emitida hasta fecha 13/06/2022 inclusive.
7-La documentación a presentar deberá ser autenticada por
autoridad escolar, en el caso de no cumplir con este requisito, deberán
adjuntar los originales, los que les serán devueltos oportunamente.
8- Los Datos de ANTIGÜEDAD DOCENTE y sus correspondientes PLUS y
ZONA (Art. 2 Inc. C – Ley N°
6.976/10), serán extraídos y verificados de la Foja de Servicios
online.
9-La documentación se
receptará a partir del día Lunes 13 de Junio y hasta el Lunes 18 de Julio de 2022,
en el horario de 8.00 a 12.00 hs.
10-
El
sobre cerrado a enviar deberá estar rotulado, indicando los datos personales
del docente: apellido y nombre, DNI, celular, e-mail y pegado el turno impreso
emitido por el SICOBCE.
11-
El
sobre cerrado deberá ser envuelto en papel film, que permita la lectura de la
rotulación y proceder a su desinfección.
ANEXO II
CENTROS DE RECEPCIÓN DE DOCUMENTACIÓN
N° |
CIUDAD |
LUGAR DE FUNCIONAMIENTO |
1. |
CAPITAL - BANDA
|
Cjo General de Educación Salón Auditorio
“Arq. Silvia Cambrini” |
2. |
AÑATUYA |
CIC-Centro Integrador
Comunitario |
3. |
ATAMISQUI |
Edificio Municipal |
4. |
BANDERA |
Edificio Municipal |
5. |
BREA POZO |
Edificio Municipal |
6. |
CAMPO GALLO |
Edificio Municipal - Oficinas
del NAC |
7. |
COLONIA DORA |
Edificio Municipal |
8. |
FRÍAS |
Sala de Capacitación- 3° Piso
de la Municipalidad |
9. |
GARZA |
Comisión Municipal |
10. |
LOS JURIES |
Edificio Municipal |
11. |
LOS TELARES |
Edificio Municipal |
12. |
OJO DE AGUA |
Biblioteca Municipal- Calle
27 de Abril |
13. |
PAMPA DE LOS
GUANACOS |
Edificio Municipal |
14. |
PINTO |
Biblioteca Municipal |
15. |
POZO HONDO |
Edificio Municipal |
16. |
QUIMILI |
Sede de Extensión
Universitaria - Colon N° 28 |
17. |
SAN PEDRO DE
GUASAYÁN |
Edificio Municipal |
18. |
SELVA |
Agencia de Desarrollo
Regional Selva |
19. |
SUMAMPA |
Edificio Municipal |
20. |
SUNCHO CORRAL |
Edificio Municipal |
21. |
TINTINA |
Edificio Municipal -1° Piso |
22. |
NUEVA
ESPERANZA |
CETYC (Hospital Viejo) |
23. |
MONTE QUEMADO |
Salón Cultural |
24. |
BELTRÁN |
Edificio Municipal |
25. |
CLODOMIRA |
Edificio Municipal |
26. |
FERNÁNDEZ |
Centro Cultural |
27. |
LA CAÑADA |
Edificio Comisión Municipal |
28. |
BANDERA BAJADA |
Edificio Comisión Municipal |
29. |
LUGONES |
Edificio Comisión Municipal |
30. |
LAS
DELICIAS |
Edificio Comisión Municipal |
31. |
SANTO DOMINGO |
Edificio Comisión Municipal |
32. |
EL MOJON |
Edificio de Comisión
Municipal |
33. |
LORETO |
Edificio Municipal |
34. |
TERMAS DE RÍO
HONDO |
Centro cultural “General San
Martín”. Punto Digital |
COMUNICADO
El
Consejo General de Educación a través de las Juntas de Calificaciones y
Clasificaciones
de
los Niveles Inicial, Primario y Modalidades, Secundario y Superior, informa a
la docencia en
general
que a partir de las 00 hs. del día Lunes 13 de Junio y hasta las 23:59 hs. del
Viernes 15 de Julio de 2022, se llevarán a cabo las Inscripciones online para
el LISTADO DE ORDEN DE MÉRITO ORDINARIO 2023, a través del sistema SICOBSE y de
manera NO PRESENCIAL.
Los
requisitos para efectuar la misma son los previstos en el Art. 7 de la Ley Nº
6.976
“Régimen
de Valoración de Títulos y Antecedentes para la Docencia de la Provincia de
Santiago Del Estero” y las pautas previstas en la Resolución N° 688/2022 del
Consejo General de Educación, que a continuación se detallan:
ü Deberán ingresar al
portal del CGE www.cgesantiago.gob.ar, y seleccionar el icono
SICOBCE.
El sistema asignará turnos, al solo efecto de la organización interna de las
Juntas.
ü El trámite es NO
PRESENCIAL, en ningún caso el docente deberá concurrir a las Juntas de
Calificaciones y Clasificaciones.
ü Se podrán inscribir los
docentes con titulaciones y/o constancias de las mismas, obtenidas a partir del
16/07/2021, fecha que se cerró la inscripción para el LOM Ordinario 2022.
ü Para inscripciones POR PRIMERA VEZ (sin legajo en Juntas), el docente deberá completar la solicitud de Inscripción en el Sistema SICOBCE, el cual le asignará un turno al solo efecto de la organización interna de las Juntas, y cumplir con los requisitos que exige el Art. 7° inc a) de la Ley N° 6.976/10, a saber:
Ø - Carpeta espiral o tres solapas
Ø - 5 folios.
Ø - Fotocopia D.N.I. ambos lados.
Ø - Certificado de residencia.
Ø - Foja de servicio (si la tuviere) de los ámbitos privados
y/o municipales.
Ø - Fotocopia de título (debidamente autenticado por la
autoridad educativa).
Ø - Constancia de título en trámite Original. (con sus
respectivas firmas y sellos).
Ø - Fotocopia de certificados de capacitaciones (autenticados
únicamente por autoridad educativa).
Los DOCENTES CON INSCRIPCIÓN EN JUNTA (RE-INSCRIPCIONES
ANUALES) deberán
completar la solicitud de Inscripción en el Sistema SICOBCE, el cual le asignará un turno al solo efecto de la organización interna de Juntas; si agregan a su legajo una nueva titulación, solo deberá remitir constancia de la nueva titulación. -Art. 7° inc b) de la Ley N° 6.976/10.
Ø Los antecedentes de
capacitación a presentar serán con fecha límite, de manera excepcional y por
única vez, hasta el 13/06/2022 inclusive (Resol. 688/2022 art. 4°).
Ø La documentación a
presentar deberá ser autenticada por autoridad escolar.
Ø En todos los casos, el
docente deberá enviar la documentación en sobre cerrado (envuelto en papel
film), el cual deberá estar rotulado, indicando datos personales:
apellido y nombre,
DNI,
celular,
e-mail
y pegado el turno impreso emitido por el SICOBCE.
Los docentes remitirán la documentación y certificaciones a través de los Centros de Recepción de Capital, Banda e Interior, habilitados a tal fin, desde el día 13/06/2022 AL 18/07/2022, EN EL HORARIO DE 8.00 A 12.00 HS. (recordar que el turno asignado es al solo efecto de la organización interna de las Juntas), a los siguientes lugares:
Para
los docentes domiciliados en los DEPARTAMENTOS CAPITAL Y BANDA, se recepcionará
la documentación en la sede del Consejo General de Educación, sito en av.
Belgrano (S) Nº 1940 de la ciudad de Santiago del Estero.
Para
los DOCENTES DEL INTERIOR de la Provincia la documentación será recepcionada
por los siguientes Centros de Recepción habilitados:
1.
AÑATUYA: CIC - Centro Integrador Comunitario;
2.
ATAMISQUI: Edificio Municipal;
3.
BANDERA: Edificio Municipal;
4.
BREA POZO: Edificio Municipal;
5.
CAMPO GALLO: Edificio Municipal - Oficinas del NAC;
6.
COLONIA DORA: Edificio Municipal;
7.
FRÍAS: Sala de Capacitación- 3° Piso de la Municipalidad;
8.
GARZA: Comisión Municipal;
9.
LOS JURIES: Edificio Municipal;
10.
LOS TELARES: Edificio Municipal;
11.
OJO DE AGUA: Biblioteca Municipal- Calle 27 de Abril;
12.
PAMPA DE LOS GUANACOS: Edificio Municipal;
13.
PINTO. Biblioteca Municipal;
14.
POZO HONDO: Edificio Municipal;
15.
QUIMILÍ: Sede de Extensión Universitaria- Colon N° 28;
16.
SAN PEDRO DE GUASAYAN: Edificio Municipal;
17.
SELVA: Edificio Municipal Agencia de Desarrollo Regional Selva;
18.
SUMAMPA: Edificio Municipal;
19.
SUNCHO CORRAL: Edificio Municipal;
20.
TINTINA: Edificio Municipal -1° Piso;
21.
NUEVA ESPERANZA: CETYC (Hospital Viejo);
22.
MONTE QUEMADO: Salón Cultural;
23.
BELTRÁN: Edificio Municipal;
24.
CLODOMIRA: Edificio Municipal;
25.
FERNÁNDEZ: Centro Cultural;
26.
LA CAÑADA: Edificio Comisión Municipal;
27.
BANDERA BAJADA: Edificio Comisión Municipal;
28.
LUGONES: Edificio Comisión Municipal;
29.
LAS DELICIAS: Edificio Comisión Municipal;
30.
SANTO DOMINGO: Edificio Comisión Municipal;
31.
EL MOJÓN: Edificio de Comisión Municipal;
32.
LORETO: Edificio Municipal;
33.
TERMAS DE RÍO HONDO: Centro cultural "General San Martín”. Punto Digital.
PROF. OMAR FRANCHOSSI – AGREGA LOS SIGUIENTES DATOS
ASPIRANTES Y SU INSCRIPCIÓN SEGÚN NIVELES
LEY PROVINCIAL Nº 6.976 “RÉGIMEN DE VALORACIÓN DE TÍTULOS Y
ANTECEDENTES PARA LA DOCENCIA DE LA PROVINCIA”.
ARTÍCULO 10º.- LOS ASPIRANTES SE PODRÁN INSCRIBIR PARA:
NIVEL INICIAL: 1 región y hasta 3 cargos.
NIVEL PRIMARIO: 1 región y hasta 3 cargos
jornada simple. Para jornada completa deberá acreditar 5 años de antigüedad en
este Nivel. Para las modalidades Especial, Capacitación y Adultos hasta en dos
(2) cargos por Modalidad.
NIVEL SECUNDARIO: Hasta en 10
establecimientos y podrán optar por cargos del primer grado del escalafón y
ruralidad.
NIVEL SUPERIOR: Hasta en 10 establecimientos
dependientes de ese Nivel (incluidas Escuelas Normales en todos sus niveles,
I.S.B.A “Juan Yapari” en todos sus niveles, E.S.P.E.A.S, E.S.E.AS).
Para DEPARTAMENTOS DE APLICACIÓN DE ESCUELAS NORMALES deberán acreditar
5 años de antigüedad en el Nivel Primario o en el Nivel Inicial, según sea el
Nivel para el que se inscribe.
Para HORAS CÁTEDRA DEL NIVEL SUPERIOR se requiere Título de Profesor
específico para el desempeño en el nivel superior a efectos de ser clasificado
en una primera instancia. En una segunda instancia, se clasificará a aspirantes
que no posean título específico para este nivel, los que deberán acreditar
cinco (5) años de antigüedad en la docencia. En una tercera instancia, se
clasificará a aquellos aspirantes que no posean título específico para este
nivel y que no cumplan con el requisito de antigüedad.
REGIONES POR DEPARTAMENTOS PARA LOS NIVELES: INICIAL Y PRIMARIO
ü
REGIÓN N° 1: CAPITAL, SILÍPICA, LORETO Y
ATAMISQUI.
ü
REGIÓN N° 2: BANDA, FIGUEROA, SAN
MARTÍN, ROBLES Y SARMIENTO
ü
REGIÓN N° 3: PELLEGRINI, JIMÉNEZ Y RÍO
HONDO.
ü REGIÓN N° 4: GENERAL TABOADA,
AVELLANEDA, AGUIRRE, MITRE, RIVADAVIA Y BELGRANO
ü
REGIÓN N° 5: MORENO Y JUAN FELIPE IBARRA
ü
REGIÓN N° 6: COPO Y ALBERDI
ü
REGIÓN N° 7: GUASAYÁN Y CHOYA
ü
REGIÓN N° 8: OJO DE AGUA, QUEBRACHO Y
SALAVINA
LEY PROVINCIAL Nº 6.976 “RÉGIMEN DE VALORACIÓN DE TÍTULOS Y
ANTECEDENTES PARA LA DOCENCIA DE LA PROVINCIA”.
ARTÍCULO 11º.- El aspirante que presentare
documentación falsa o adulterada no será valorado, sin perjuicio de la denuncia
correspondiente ante autoridades competentes.
ARTÍCULO 12º.- Las deducciones por sanciones
disciplinarias (Ítem L.1. del Régimen de Valoración) se practicarán durante 1
año en L.1. A, B, C, D, y E inclusive. En L.1.F. se extenderá a tres (3) años
calendarios a partir de la fecha de la resolución definitiva.
ARTÍCULO 13º.- Los Títulos y Antecedentes
Profesionales Docentes expedidos por Universidades Extranjeras o Instituciones
Extranjeras acreditadas y que estén expresadas en otro idioma, deberán ser
acompañados por su correspondiente traducción al castellano efectuada por
Traductor Público Nacional y validadas con las firmas autorizadas y formas legales
correspondientes. Para el caso de los países de habla hispana sólo se requerirá
firmas autorizadas y formas legales correspondientes ante autoridades
competentes (Ministerio de Relaciones Exteriores).
ARTÍCULO 14º.- Los servicios docentes
prestados en otras jurisdicciones solamente serán valorados una vez reconocidos
por la Dirección General del Nivel/Modalidad correspondiente, con dependencia
del Consejo General de Educación o del Servicio Provincial de Enseñanza Privada
de Santiago del Estero.
TÍTULO IV - DISPOSICIONES TRANSITORIAS
ARTÍCULO 16º.- A partir de la entrada en
vigencia de la presente ley, quedan sin efecto todas las valoraciones y
clasificaciones efectuadas por las Juntas de Calificaciones y Clasificaciones,
las que deberán ser nuevamente confeccionadas de conformidad a las
disposiciones de la presente ley, y las que se realizarán a partir de la
inscripción del año 2.010 para la cobertura de cargos/horas cátedras en el año
2.011.
ARTÍCULO 17º.- Los topes de puntaje
establecidos en los distintos ítems de la presente ley, serán aplicados a la
documentación que haya sido presentada hasta la inscripción 2.010,
considerándose la inscripción del año mencionado como cierre de un solo período
para aquellos casos en los que por la presente ley se hayan estipulado topes de
puntaje por períodos de tiempo.
PARA TENER EN CUENTA POR LOS TOPES ESTABLECIDOS PARA CAPACITACIONES
DOCENTES, LOS LIMITES SON ESTABLECIDOS SEGÚN RESOLUCIONES Y HAN VARIADO DURANTE
LOS ULTIMOS AÑOS, SEGÚN LAS FECHAS DE INSCRIPCIONES DE CADA AÑO.
PRIMER QUINQUENIO: FINALIZA EN JULIO DE 2010.
SEGUNDO QUINQUENIO:
1º AÑO: AGOSTO DE 2010 A JUNIO DE 2011.
2º AÑO: AGOSTO DE 2011 A JUNIO DE 2012.
3º AÑO: AGOSTO DE 2012 A JUNIO DE 2013.
4º AÑO: AGOSTO DE 2013 A JUNIO DE 2014.
5º AÑO: AGOSTO DE 2014 A JUNIO DE 2015.
TERCER QUINQUENIO:
1º AÑO: JULIO DE 2015 A JUNIO 2016.
2º AÑO: JULIO DE 2016 A JUNIO 2017.
3º AÑO: JULIO DE 2017 A JUNIO 2018
4º AÑO: JULIO DE 2018 A 10 DE JUNIO 2019.
5º AÑO: 11 DE JUNIO DE 2019 A JUNIO 2020.
CUARTO QUINQUENIO:
1º AÑO: JULIO DE 2020 A 31 MAYO DE 2021
(RESOLUCIÓN N° 629/2021).
2° AÑO: 01 DE JUNIO 2021 AL 13 DE JUNIO 2022 (RESOLUCIÓN
N° 688/2022).
3° AÑO: 14 DE JUNIO 2021 AL 31 DE MAYO 2023
4° AÑO: 01 DE JUNIO 2023 AL 31 DE MAYO DE 2024.
5° AÑO: 01 DE JUNIO 2024 AL 31 DE MAYO DE 2025.
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1.- RESOLUCION 688 - 2022 - INSCRIPCIONES DOC.
2023
2.- PAUTAS DE INSCRIPCIONES ORDINARIAS 2022
3.- LEY 6976 RÉGIMEN DE VALORACIÓN DE TÍTULOS Y ANTECEDENTES
DOCENTES
4.- ESTABLECIMIENTOS DE NIVEL SECUNDARIO 2022
5.- ESTABLECIMIENTOS DE NIVEL SUPERIOR 2022
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