RESOLUCIÓN Nº 143/2020: Ampliación del Plazo
para las Asignaciones Familiares 2020.
SANTIAGO
DEL ESTERO, 21 de Abril de 2.020
VISTO:
El DECNU-2020-355-APN-PTE; las Resoluciones N° 116/2020 y 119/2020 emanadas
del Consejo General de Educación; la Ley Provincial N° 7201, los Decretos Nº 1.673/16
y DECTO-2019-1343- E-GDESDE-SGG.; y CONSIDERANDO
Que, el
DECNU-2020-355-APN-PTE prorroga hasta el día 26 de abril de 2020 la vigencia
del Decreto N° 297/20, prorrogado a su vez por el Decreto N° 325/20, por el
cual se dispuso el “aislamiento social, preventivo y obligatorio “en todo el
territorio del país.
Que,
asimismo se prorrogo la suspensión de las clases presenciales en todo el
territorio
de la provincia, y en todos los niveles y modalidades del sistema educativo
provincial,
tanto de gestión pública como privada, dispuesta por la RESOL-2020-108-APNME
del Ministerio de Educación de la Nación.
Que,
mediante Resoluciones 116 y 119 del CGE en el marco de la suspensión de las
clases presenciales, se ha instruido a los Directores Generales de todos los
niveles y modalidades del sistema educativo provincial a articular las acciones
necesarias para garantizar la continuidad de la prestación del servicio alimentario
que se brinda en el sector educativo en todo el territorio de la provincia; y
la comunicación y seguimiento de las actividades de enseñanza propuestas por
las autoridades educativas nacionales y de la provincia disponibles en
diferentes soportes, a fin de acompañar la vinculación entre los equipos
docentes, estudiantes, familias y comunidades.
Que, en
ese mismo orden, el Consejo General de Educación ha establecido una Guardia Mínima
en todas las oficinas para la continuidad y resolución de los tramites urgentes
y la consulta u nicamente a través de comunicación telefónica y por correo electrónico
para todos los Tramites, los que se encuentran disponibles en www.cgesantiago.gob.ar,
a fin de cumplir con las disposiciones provinciales de aislamiento y evitar la circulación
y concentración de docentes en el Organismo.
Que,
las medidas de emergencia sanitarias impuestas por el gobierno tornan de difícil
cumplimiento la obtención y/o presentación en tiempo y forma de la documentación
exigida para la percepción de las asignaciones familiares ante las oficinas de Salario
Familiar del C.G.E.
Que, en
dicho contexto es conveniente prorrogar el plazo establecido para la presentación
de la documentación de inicio del ciclo lectivo 2020 mientras se mantengan las medidas
de aislamiento y suspensión de las clases presenciales en todos los niveles y modalidades
del sistema educativo provincial.
Que, en
consecuencia es menester el dictado del presente acto administrativo por
Presidencia del Consejo General de Educación, siendo la suscrita competente en
virtud
de las
atribuciones conferidas por la Ley Provincial N° 7201, Decretos Nº 1.673/16 y
DECTO2019-1343-E-GDESDE-SGG.
Por ello,
LA SEÑORA PRESIDENTE INTERVENTORA DEL CONSEJO
GENERAL DE EDUCACION RESUELVE
ARTÍCULO 1º:
Disponer la Ampliación del plazo para la presentación de la documentación de
Inicio del ciclo lectivo 2020 detallada en el Anexo I, para los docentes o empleados
administrativos que perciben asignaciones familiares, a efectos de la
continuidad del pago de las mismas, mientras se mantengan las medidas de
aislamiento y suspensión de las clases presenciales en todos los niveles y
modalidades del sistema educativo provincial dispuesta por el gobierno en el
marco de la emergencia sanitaria, de conformidad a lo expresado en los
considerandos.
ARTÍCULO 2º: Se
deja aclarado que los agentes que se encuentren a la fecha cobrando dichas
asignaciones continuaran percibiendo las mismas, sujeto a posterior verificación
con la documentación que oportunamente se presente ante las oficinas de Salario
Familiar del Consejo General de Educación.
ARTÍCULO 3º: En los
casos de NO Corresponder la continuidad del pago de alguna o todas las
asignaciones otorgadas, el agente beneficiario deberá informarlo inmediatamente
a través del correo electrónico correspondiente: salariosecundariocge@gmail.com
para la oficina de Salario Secundario, Superior y Modalidades Educativas; o
salarioprimariocge@gmail.com para la oficina de Salario Inicial y Primaria,
solicitando la BAJA del pago de las asignaciones familiares, a los efectos de
evitar la generación de deudas y posteriores descuentos. En la nota se deberá
detallar: Nombre y apellido del Titular del beneficio, DNI, domicilio, Lugar de
trabajo/cobro, individualizar la/s asignación/es a dar de baja. En el Asunto
del correo deberá tener como título: BAJA DE ASIGNACIONES FAMILIARES.
ARTÍCULO 4º: Los
docentes y empleados administrativos que tuvieran que solicitar por primera vez
el pago de las asignaciones familiares y tuvieran toda la documentación exigida
en el Anexo II de la presente Resolución, la deberán enviar al correo
institucional del establecimiento educativo en el cual trabaje y al correo electrónico
de la oficina de Salario que corresponda -individualizados en el artículo 6º-;
con el Asunto SOLICITUD DE ASIGNACION FAMILIAR, adjuntando la nota del pedido y
la documentación fotografiada o escaneada en formato pdf.. En estos casos se
liquidará/n la/s asignación/es familiares, sujetas a la posterior verificación
de la documentación original y de las copias certificadas y/o legalizadas y
timbradas según corresponda, que oportunamente se presente ante las oficinas de
Salario Familiar del Consejo General de Educación.
ARTÍCULO 5º: Se
deja aclarado que los docentes y empleados que tuvieren que solicitar por
primera vez las asignaciones familiares y se encontraren imposibilitados de
obtener la documentación por las medidas de aislamiento y suspensión de las
clases dispuesta por el gobierno en el marco de la emergencia sanitaria, podrán
hacerlo posteriormente una vez que desaparezcan las causas de fuerza mayor y en
el plazo que determine el Organismo.
ARTÍCULO 6º: Fijar
como medio de comunicación oficial con las Oficinas de Salario Familiar durante
la vigencia de las medidas sanitarias dispuestas por el Gobierno, para las
consultas y envío de documentación en formato pdf., las direcciones de correo
electrónicos: salariosecundariocge@gmail.com para la oficina de Salario
Secundario, Superior y Modalidades Educativas; y salarioprimariocge@gmail.com
para la oficina de Salario Inicial y Primaria.
ARTÍCULO 7º: Se
deja establecido que todos los datos y la información contenida en las Notas,
formularios y documentación remitida a los correo electrónicos oficiales,
tienen el carácter de Declaración Jurada, constituyendo la falsedad de los
mismos y/o la adulteración de la documentación enviada falta grave sujeta a sumario
administrativo e imposición de las máximas sanciones previstas en el régimen
disciplinario establecido por el Estatuto Docente de la Provincia (Ley
provincial N° 2630) y y el inicio de las acciones civiles y penales que
pudieren corresponder.
ARTÍCULO 8º:
Registrar, comunicar y publicar en el portal oficial del Consejo General de
Educacio n www.cgesantiago.gob.ar, cumplido archivar.
Dra.
María Elena Herrera
Presidente
Interventora Consejo General de Educación
ANEXO I
CICLO LECTIVO 2020
DOCUMENTACIÓN PARA BENEFICARIOS QUE PERCIBEN LAS ASIGNACIONES
FAMILIARES
Salario Familiar del Consejo
General de Educación Secciones: Inicial y Primaria; Secundaria, Superior y
Modalidades Educativas.
A- DOCUMENTACIÓN
Los docentes o empleados
administrativos pertenecientes al Consejo General de Educación beneficiarios de
asignaciones familiares, deberán presentar para la continuidad de la percepción
de mismas, la siguiente Documentación de “Inicio del Ciclo Lectivo 2020:
Declaración Jurada de Cargos para Salario.
Declaración Jurada de Asignaciones familiares.
Certificados de Escolaridad Inicio 2020.
Del Titular del Salario: último recibo de sueldo, si además se desempeña
en el sector privado en relación de dependencia o posee otro cargo público
(municipal, provincial, nacional), adjuntar copia del último recibo de sueldo y
de Liquidación de la Cobertura Universal de Niñez y Adolescencia CUNA (ex
SUAF); Viudos/as: - Copia del último recibo de pensión. En caso de percibir asignaciones
presentar RUB y acreditar con el detalle de las liquidaciones que no percibe el
beneficio por el menor respecto del cual solicita el pago de la asignación;
Mujeres divorciadas: - Constancia Negativa de ANSES del padre del menor.
Del Cónyuge:
Desempleados: Certificación Negativa de ANSES.
CON RELACIÓN DE DEPENDENCIA, fotocopia del último recibo
de sueldo o Constancia de CUNA (ex SUAF) emitido por la ANSES para aquellos que
se desempeñen en el sector privado.
Autónomo: Copia del ultimo aporte efectuado como Auto nomo y Constancia de
CUNA (ex SUAF) emitido por la ANSES.
Monotributistas: Constancia de CUNA (ex SUAF) emitido por la
ANSES y acreditar con el detalle de las liquidaciones que no percibe el
beneficio por el menor respecto del cual solicita el pago de la asignación.
Jubilado: Copia del último recibo de sueldo.
Con fondo de Desempleo: Constancia de CUNA (ex SUAF)
emitido por la ANSES y detalle de la liquidación de las cuotas del beneficio y
si en las mismas está incluido el pago de asignación familiar.
En los casos de Guarda Judicial: Constancia Negativa de ANSES de
los padres de los menores en guarda; RUB y Fotocopia anverso y reverso de DNI
de los padres de los menores en guarda y Constancia del SUAF emitido por la
ANSES.
En los casos de Curatela: - Constancia del R.U.B. del curador
emitida por la ANSES.
En los casos de Salario por Hijo con discapacidad: -R.U.B. del
menor y - Certificado Médico del profesional tratante o su Renovación, visado
por Reconocimiento Médico Docente o de la Provincia o Certificado de la Junta
Evaluadora de Discapacidad de la provincia. En este último caso, si el menor no
asistiera a un establecimiento educativo, deberá además presentar certificado
de supervivencia una vez al año.
- En los casos de ser el conyugue Monotributista: Certificado de
ANSES que no percibe salario.
LAS ASIGNACIONES FAMILIARES SE LIQUIDAN CONFORME LO DISPONE EL CAP.
XIX DE LA LEY SALARIAL PROVINCIAL 5873/91, DECRETOS MODIFICATORIOS Y SU
REGLAMENTACIÓN, POR LO QUE VENCIDO EL PLAZO SE PROCEDERÁ A DAR LA BAJA DEL
BENEFICIO Y EFECTUAR LOS DESCUENTOS CORRESPONDIENTES.
B- TRAMITE:
Los docentes o
administrativos beneficiaros presentara n en la Institución escolar la documentación
indicada en el Punto A del presente Anexo, mediante Nota, para ser elevada a la
oficina de Salario Familiar correspondiente, dentro del plazo establecido por
el Organismo.
Los Sres.
Directores/Rectores deberán remitir a la Oficina de Salario Familiar
correspondiente mediante Nota la nómina completa de los
docentes/administrativos que perciban salario familiar y que hubiesen
presentado la documentación en forma para la continuidad del pago de las
prestaciones, detallando los datos personales.
La Oficina de
Salario Familiar del Consejo Gral. de Educación, controlará y verificará la documentación
remitida por la institución escolar en forma previa a su ingreso por Mesa de
Entradas de DGA, donde se le otorgará un numero de asunto como comprobante, el
que servirá ante cualquier reclamo.
La Institución
escolar deberá remitir con tiempo suficiente la documentación para su debido
control por las Oficinas de Salario Familiar.
En el supuesto que
la documentación no cumpla con las formalidades exigidas o se encuentre incompleta
el agente deberá subsanar las observaciones antes del vencimiento del plazo
establecido para su presentación.
C- ACLARACIONES
La documentación
que deberá presentarse es para todo el personal dependiente del CGE que percibe
Asignaciones Familiares cualquiera sea su situación de revista - titular,
interino, suplente o contratado- y por el cargo en el que se liquidan las
mismas.
Toda la documentación
requerida deberá ser: “original, estar completa, sin raspaduras ni enmiendas”.
Las constancias de
ANSES solicitadas según los casos, solo deberá ser presentada una vez por año
con la documentación n INICIAL o FINAL de cada ciclo lectivo (Certificación
negativa, CUNA –ex SUAF-/RUB).
Los datos
personales denunciados en la declaración jurada de asignaciones familiares a
comienzo de año, cuando sufran modificaciones tendrán que ser comunicados
dentro de los 30 días de producido a través de los correos
salariosecundariocge@gmail.com para Salario Secundario, Superior y Modalidades
Educativas; o salarioprimariocge@gmail.com para la oficina de Salario Inicial y
Primaria, presentando luego la documentación que se le exija oportunamente.
Ante cualquier
duda, hacer la consulta a través de los correos salariosecundariocge@gmail.com
para Salario Secundario, Superior y Modalidades Educativas; o
salarioprimariocge@gmail.com para la oficina de Salario Inicial y Primaria, en
los días previos al vencimiento del plazo fijado para la presentación de la
documentación.
Los formularios de
Declaración Jurada de Cargos para Salario; Declaración Jurada de Asignaciones
familiares y de Asignación Prenatal se encuentran disponibles en
www.cgesantiago.gob.ar, ingresando en “Normativa, luego en “Formularios”, desde
donde podrán ser descargados e impresos.
ANEXO II
DOCUMENTACIÓN PARA SOLICITAR POR PRIMERA VEZ LA/S ASIGNACIONES FAMILIARES
Salario Familiar del Consejo General de Educación Secciones: Inicial
y Primaria; Secundaria, Superior y Modalidades Educativas.
A- DOCUMENTACIÓN
Los docentes o empleados
administrativos pertenecientes al Consejo General de Educación que soliciten
por primera vez la percepción de la/las Asignaciones Familiares, deberán
presentar la siguiente documentación:
Declaración Jurada de Cargos para Salario.
Declaración Jurada de Asignaciones familiares.
Documentación detallada en el Anexo I para el Titular del
beneficio, Cónyuge, Guarda judicial, Curatela, Hijo con discapacidad, según
corresponda.
Además, según el tipo de Asignación
se deberá adjuntar:
ASIGNACIÓN PRENATAL (a partir del tercer mes de gestación)
Formulario de Asignación
Prenatal
Certificado médico visado por
reconocimiento Médico Docente / Provincia
ASIGNACIÓN POR MATRIMONIO Y CÓNYUGE
Acta de matrimonio
legalizada y timbrada.
ASIGNACIÓN POR NACIMIENTO
Acta de Nacimiento
legalizada y timbrada.
ASIGNACIÓN POR HIJO;
Acta de Nacimiento
legalizada y timbrada.
Certificado de escolaridad.
ASIGNACIÓN POR ADOPCIÓN
Acta de Nacimiento
legalizada y timbrada.
Copia de la sentencia de adopción
certificada por Secretaría del Juzgado.
ASIGNACIÓN POR RECONOCIMIENTO DE HIJO
Acta de Nacimiento
legalizada y timbrada.
Certificado de escolaridad.
Constancia de Aportes de
Anses de la Madre del menor.
ASIGNACIÓN POR MENORES EN GUARDA JUDICIAL
Acta de Nacimiento
legalizada y timbrada.
Copia de sentencia de
otorgamiento de la Guarda judicial certificada por Secretaría
del Juzgado.
Certificado de escolaridad.
ASIGNACIÓN POR HIJO CON DISCAPACIDAD
Acta de Nacimiento
legalizada y timbrada.
B- TRÁMITE
1-Los docentes
/administrativos que soliciten por primera vez la/las asignaciones familiares
presentaran la documentación detallada, en la Institución escolar mediante
Nota, para ser elevada a la oficina de Salario Familiar correspondiente, dentro
del plazo establecido por el Organismo.
2-Los Sres. Directores /
Rectores deberán remitir a la Oficina de Salario Familiar correspondiente mediante
Nota la no mina completa de los docentes/administrativos que solicitan
Asignaciones familiares por primera vez y que hubiesen presentado la documentación
en forma, detallando los datos personales.
La Oficina de Salario Familiar
del Consejo Gral. de Educación, controlará y verificará la documentación remitida
por la institución escolar en forma previa a su ingreso por Mesa de Entradas de
DGA, donde se le otorgará un numero de asunto como comprobante, el que servirá
ante cualquier reclamo.
En el supuesto que la documentación
no cumpla con las formalidades exigidas o se encuentre incompleta el agente deberá
subsanar las observaciones antes del vencimiento del plazo establecido para su presentación.
En atención a ello, la Institución escolar deberá remitir con tiempo suficiente
la documentación para su debido control por las Oficinas de Salario Familiar.
C- A TENER EN
CUENTA
Toda la documentación
requerida deberá ser: “original, estar completa, sin raspaduras ni enmiendas”.
Los formularios de Declaración
Jurada de Cargos para Salario; Declaración Jurada de Asignaciones familiares y
de Asignación Prenatal se encuentran disponibles en www.cgesantiago.gob.ar, ingresando
en “Normativa, luego en “Formularios”, desde donde podrán ser descargados e
impresos.
Los datos personales
denunciados en la declaración jurada de asignaciones familiares, cuando sufran
modificaciones tendrán que ser comunicados dentro de los 30 días de producido a
través de los correos salariosecundariocge@gmail.com para Salario Secundario,
Superior y Modalidades Educativas; o salarioprimariocge@gmail.com para la oficina
de Salario Inicial y Primaria, presentando luego la documentación que se le
exija oportunamente.
Ante cualquier duda, hacer la
consulta a través de los correos salariosecundariocge@gmail.com
para Salario Secundario, Superior y Modalidades Educativas; o salarioprimariocge@gmail.com para la
oficina de Salario Inicial y Primaria.
La autoridad escolar deberá
remitir POR SEPARADO la nómina y documentación de los docentes/administrativos
que soliciten por primera vez el pago de las asignaciones familiares y la
Nómina y documentación de los que ya perciben las asignaciones.
LINKS PARA DESCARGAR FORMULARIOS PARA ASIGNACIONES FAMILIARES EN
BLOG EDUCATIVO OMAR FRANCHOSSI
1°.- DECLARACIÓN JURADA DE
ASIGNACION PRE-NATAL
2°.- DECLARACIÓN JURADA DE
ASIGNACIONES FAMILIARES
3°.- DECLARACIÓN JURADA DE
CARGOS
4°.- DECLARACIÓN JURADA DE
ESCOLARIDAD
5°.- CERTIFICADO DE
ESCOLARIDAD
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