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martes, 27 de marzo de 2018

NIVEL INICIAL: Cargos Agregados en las Regiones 2, 4 y 7

NIVEL INICIAL: Cargos Agregados en las Regiones 2, 4 y 7.


VER LISTADO DE CARGOS COMPLETOS EN:







PRIMARIO JORNADA COMPLETA: Cargos Agregados a las Designaciones del Miércoles 28/03/18




PRIMARIO JORNADA COMPLETA:
Cargos Agregados a las Designaciones del Miércoles 28/03/18 en la Escuela Nº 542 "Agustina Palacios de Libarona ubicada en Antenor Alvarez y Pasaje Libarona (frente del CEPSI) de la Ciudad Capital a partir de las 8:30 horas.

Listado de Cargos Completo

NOTA: Tengan muy en cuenta los requisitos y la Resolución 154/2018 y la 841/2017.
Links para ver y bajar en PDF la Resolución 154/2018

Resolución 841:



NIVEL INICIAL: Cargos Agregados de las Designaciones del Martes 27/03/18

Cargos Agregados




lunes, 26 de marzo de 2018

sábado, 24 de marzo de 2018

NIVEL PRIMARIO: Cargos de las Regiones 1 y 2 Agregados Para el Lunes 26/03/2018






NIVEL PRIMARIO: Cargos de las Regiones 1 y 2 Agregados Para las designaciones del Lunes 26/03/2018. 

Región 1 en la Escuela Nº 542 "Agustina Palacios de Libarona ubicada en Antenor Alvarez y Pasaje Agustina Libarona de la Ciudad Capital. El total de cargos de la Región uno para las designaciones del lunes 26/03 son 96 entre suplentes y vacantes.


REGIÓN 1: CARGOS INICIALES



Región 2 en la Escuela Nº 55 "Amadeo Jacques" ubicada en Lavalle Nº 856 de la Ciudad de La 
Banda. El total de cargos ofrecidos es de 61 entre suplencias y vacantes.


REGIÓN 2: CARGOS INICIALES
NOTA: Tengan muy en cuenta los requisitos y la Resolución 154/2018 y la 841/2017.

Links para ver y bajar en PDF la Resolución 154/2018

Resolución 841:




miércoles, 21 de marzo de 2018

NIVEL INICIAL: Primer Llamado Para Coberturas de Cargos 2018

NIVEL INICIAL: Primer Llamado Para Coberturas de Cargos 2018.







RESOLUCIÓN 841/2017
Designación de Personal Docente de Todos los Niveles Educativos de Santiago del Estero
16 de Junio de 2017
VISTO:
Expte. N° 346/36/2017, El Decreto N° 1512/2017, el Decreto Provincial N° 243/2016, La Ley N° 2.630, las Resoluciones N° 1686/2010, N° 1841/11, N° 1223/13 y N° 558/2017, Ley 6.077, Ley 7.201 y Decreto N° 1.673/2016; y
CONSIDERANDO:
Que mediante el expte. de la referencia, docentes solicitan pautas de acceso a los cargos y horas cátedras de los distintos Niveles y Modalidades del Sistema Educativo, que posibiliten el acceso equitativo a la docencia de aspirantes que se encuentran fuera del mismo.
Que mediante el Decreto N° 1512/2017, se suspende la vigencia del art. 2° del Decreto N° 243/2016.
Que, la Ley 2.630 determina los derechos y obligaciones del personal docente.
Que, la Resolución N° 1.686/10 y sus modificatorias N° 1841/11, N° 1223/13 y N° 558/2017 fija las pautas para la designación del Personal Docente para todos los niveles y modalidades del sistema educativo.
Que, la situación económica actual de crisis general que atraviesa el país, afecta sustancialmente el mercado laboral excluyendo del sistema a un amplio porcentaje de la población y amplía las brechas de desigualdades en diferentes sectores sociales, lo cual impacta de igual manera al sector docente.
En consecuencia, es menester el dictado del presente acto administrativo, siendo la suscrita competente en virtud de las atribuciones conferidas por el art. 14 de la ley 6.077, la Ley Provincial 7.201 y el Decreto N° 1.673/16.
Por ello;
LA SRA. PRESIDENTE INTERVENTORA DEL CONSEJO GENERAL DE EDUCACIÓN,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°: Establecer la prioridad para el acceso a cargos del primer grado del escalafón docente del Nivel Inicial, Primario y Modalidades y horas cátedras y cargos de Secundario y Superior, a aquellos aspirantes sin cargos docentes ni administrativos y sin horas cátedras, a partir de la fecha de la suscripción del presente acto administrativo y hasta el 31 de diciembre del 2017. En tales condiciones se podrá acceder a un solo cargo por todos los niveles o hasta 15 horas cátedras de nivel Secundario o hasta 12 horas cátedras de nivel Superior.
ARTÍCULO 2°: Se entiende por aspirante sin cargo a aquellos que no posean cargos docentes ni horas cátedras en los sistemas educativos de gestión pública, provincial y municipal y privada ni cargos administrativos de los 3 poderes del Estado del orden Nacional, Provincial y Municipal.-
A estos efectos, deberán los aspirantes presentar en mesa o ante la rectora la certificación negativa emitida por ANSES desde la página oficial del organismo o la renuncia a las horas o cargos que tuvieren en caso de opción de un nuevo cargo u horas cátedras que excedan los topes establecidos en el artículo 1°.-
ARTÍCULO 3°: Establecer que no se podrá dar toma de posesión sin los requisitos y documentación vigentes más los previstos en el artículo 2° de la presente, bajo apercibimiento de nulidad de la misma y será considerado falta grave del personal docente interviniente en el acto irregular, siendo pasible de sanciones previstas por el Estatuto Docente.
Asimismo, el Centro de Atención Docente (C.A.D.) no dará el alta en el cargo u horas de cátedras al docente sin la documentación pertinente ni en caso que se exceda a los topes establecidos en el artículo 1° del presente acto administrativo.
ARTÍCULO 4°: Dejar expresamente establecido que la Resolución del Consejo General de Educación N° 1686/10 y sus modificaciones 1841/11, N° 1223/13 y N° 558/2017, se mantienen vigentes en tanto no se opongan a la presente.-
ARTÍCULO 5°: Registrar, Notificar a las Direcciones de Nivel correspondientes; Coordinación de área legal; Cuerpo de Supervisores, Juntas de Calificaciones y Clasificaciones de los Niveles pertinentes, Centro de Atención Docente; Dirección de Sumarios. Cumplido archivar.
Firma: Dra. María Elena Herrera – Presidente Interventora – Consejo General de Educación.


VER TAMBIÉN RESOLUCIÓN 154/2018






NIVEL PRIMARIO: 1º Opción de Cargos 2018 - Resoluciones de Designaciones

NIVEL PRIMARIO: 1º Opción de Cargos 2018 - Resoluciones de Designaciones.














   
RESOLUCIÓN 841/2017
Designación de Personal Docente de Todos los Niveles Educativos de Santiago del Estero
16 de Junio de 2017
VISTO:
Expte. N° 346/36/2017, El Decreto N° 1512/2017, el Decreto Provincial N° 243/2016, La Ley N° 2.630, las Resoluciones N° 1686/2010, N° 1841/11, N° 1223/13 y N° 558/2017, Ley 6.077, Ley 7.201 y Decreto N° 1.673/2016; y
CONSIDERANDO:
Que mediante el expte. de la referencia, docentes solicitan pautas de acceso a los cargos y horas cátedras de los distintos Niveles y Modalidades del Sistema Educativo, que posibiliten el acceso equitativo a la docencia de aspirantes que se encuentran fuera del mismo.
Que mediante el Decreto N° 1512/2017, se suspende la vigencia del art. 2° del Decreto N° 243/2016.
Que, la Ley 2.630 determina los derechos y obligaciones del personal docente.
Que, la Resolución N° 1.686/10 y sus modificatorias N° 1841/11, N° 1223/13 y N° 558/2017 fija las pautas para la designación del Personal Docente para todos los niveles y modalidades del sistema educativo.
Que, la situación económica actual de crisis general que atraviesa el país, afecta sustancialmente el mercado laboral excluyendo del sistema a un amplio porcentaje de la población y amplía las brechas de desigualdades en diferentes sectores sociales, lo cual impacta de igual manera al sector docente.
En consecuencia, es menester el dictado del presente acto administrativo, siendo la suscrita competente en virtud de las atribuciones conferidas por el art. 14 de la ley 6.077, la Ley Provincial 7.201 y el Decreto N° 1.673/16.
Por ello;
LA SRA. PRESIDENTE INTERVENTORA DEL CONSEJO GENERAL DE EDUCACIÓN,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°: Establecer la prioridad para el acceso a cargos del primer grado del escalafón docente del Nivel Inicial, Primario y Modalidades y horas cátedras y cargos de Secundario y Superior, a aquellos aspirantes sin cargos docentes ni administrativos y sin horas cátedras, a partir de la fecha de la suscripción del presente acto administrativo y hasta el 31 de diciembre del 2017. En tales condiciones se podrá acceder a un solo cargo por todos los niveles o hasta 15 horas cátedras de nivel Secundario o hasta 12 horas cátedras de nivel Superior.
ARTÍCULO 2°: Se entiende por aspirante sin cargo a aquellos que no posean cargos docentes ni horas cátedras en los sistemas educativos de gestión pública, provincial y municipal y privada ni cargos administrativos de los 3 poderes del Estado del orden Nacional, Provincial y Municipal.-
A estos efectos, deberán los aspirantes presentar en mesa o ante la rectora la certificación negativa emitida por ANSES desde la página oficial del organismo o la renuncia a las horas o cargos que tuvieren en caso de opción de un nuevo cargo u horas cátedras que excedan los topes establecidos en el artículo 1°.-
ARTÍCULO 3°: Establecer que no se podrá dar toma de posesión sin los requisitos y documentación vigentes más los previstos en el artículo 2° de la presente, bajo apercibimiento de nulidad de la misma y será considerado falta grave del personal docente interviniente en el acto irregular, siendo pasible de sanciones previstas por el Estatuto Docente.
Asimismo, el Centro de Atención Docente (C.A.D.) no dará el alta en el cargo u horas de cátedras al docente sin la documentación pertinente ni en caso que se exceda a los topes establecidos en el artículo 1° del presente acto administrativo.
ARTÍCULO 4°: Dejar expresamente establecido que la Resolución del Consejo General de Educación N° 1686/10 y sus modificaciones 1841/11, N° 1223/13 y N° 558/2017, se mantienen vigentes en tanto no se opongan a la presente.-
ARTÍCULO 5°: Registrar, Notificar a las Direcciones de Nivel correspondientes; Coordinación de área legal; Cuerpo de Supervisores, Juntas de Calificaciones y Clasificaciones de los Niveles pertinentes, Centro de Atención Docente; Dirección de Sumarios. Cumplido archivar.
Firma: Dra. María Elena Herrera – Presidente Interventora – Consejo General de Educación.

VER TAMBIÉN RESOLUCIÓN 154/2018
http://omarfranchossi.blogspot.com.ar/p/13-resoluciones.html





martes, 13 de marzo de 2018

CGE: Seguro Escolar 2018

   Departamento Seguros del Consejo General de Educación, comunica a todo el personal directivo de los establecimientos educativos dependientes del Gobierno de la Provincia que los alumnos cuentan con Seguro de Accidentes Personales, durante la jornada Escolar e In-Itinere, su participación en actos, paseos, viajes, desfiles, torneos deportivos, visitas, u otra actividad, siempre que las mismas hayan sido organizados y autorizados por la respectiva autoridad Educacional, durante el presente periodo lectivo 2018.

  A fin de poder hacer efectivo este Seguros, se deberá ingresar en la Página Oficial de Alumnos, (www.alumnossgo.com.ar) hasta el día 30 de Abril del corriente año, a fin de actualizar y/o cargar datos de los mismos y del establecimiento y de la dirección.

  Se deberá realizar Declaración Jurada en la misma página y los datos enunciados se tendrán en cuenta para Asegurar al Alumnado, el Pago de Insumos y Comedores Escolares en el presente Período Lectivo.

  Para mayor información, los interesados deberán comunicarse con Dpto. Seguros en Av. Belgrano (S) Nº 1940 donde se los asesorará al respecto.

  NOTA: Es este blog encontraras siempre un acceso directo a la pagina de carga del seguro escolar, en accesos directos a web:  http://www.alumnossgo.com/index.php







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